El Gobierno de Estados Unidos implementará este miércoles 14 de octubre de 2026 una nueva regulación migratoria que reduce de 30 a 10 días el plazo para responder a una posible cancelación del estatus de refugiado.
La medida busca acelerar las revisiones de personas admitidas bajo ese programa que, según las autoridades federales, no cumplían los requisitos legales al ingresar al país.
La disposición figura en el documento 2026-20956 del Registro Federal y modifica el artículo 207.9 del Código de Regulaciones Federales. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) sostiene que el cambio permitirá agilizar los procedimientos de revocación y fortalecer los controles de seguridad del sistema migratorio.
¿Qué inmigrantes podrían perder su estatus de refugiado?
La nueva norma afecta específicamente a personas admitidas en Estados Unidos mediante el Programa de Admisión de Refugiados (USRAP) que no han obtenido la residencia permanente. No constituye una cancelación general del parole humanitario, el asilo, el I-220A, la ciudadanía ni las tarjetas de residencia. Esta diferencia es importante para los cubanos que llegaron mediante otras vías migratorias.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) podrá iniciar el procedimiento cuando determine que una persona no reunía los requisitos para ser considerada refugiada en el momento de su admisión. Antes de adoptar una decisión, la agencia deberá enviar una notificación oficial que explique los motivos de la posible revocación.
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Solo 10 días para responder a las autoridades migratorias
Una vez recibida personalmente la notificación, el inmigrante tendrá 10 días naturales para presentar pruebas que contradigan los señalamientos o solicitar una entrevista. El plazo incluye sábados, domingos y feriados federales. Si el vencimiento coincide con una jornada no laborable, se trasladará al siguiente día hábil.
Cuando USCIS envíe el aviso por correo postal, el período de respuesta será de 13 días contados desde su envío. La persona no estará obligada a presentar toda su documentación si solicita oportunamente una entrevista, pero deberá comunicar esa intención antes de que expire el plazo.
La falta de respuesta puede conducir a la cancelación del estatus de refugiado. Esta decisión también puede provocar la pérdida de la autorización de trabajo vinculada a esa condición y facilitar el inicio de procedimientos de deportación, aunque los afectados podrán solicitar otras protecciones migratorias cuando corresponda.
Organizaciones humanitarias cuestionan la nueva medida
El DHS justifica el cambio mediante revisiones de expedientes que, según la administración estadounidense, revelaron deficiencias en la verificación de identidades y en los procedimientos de admisión de refugiados. El Gobierno considera que reducir los tiempos permitirá actuar con mayor rapidez ante posibles irregularidades.
Organizaciones defensoras de inmigrantes, entre ellas HIAS, cuestionan la reducción del plazo. Sus representantes consideran que 10 días pueden resultar insuficientes para conseguir asesoría legal, reunir documentos y preparar una respuesta adecuada ante las autoridades.
La regulación entrará en vigor sin un período previo de consultas públicas. Sin embargo, el DHS permitirá presentar comentarios durante 30 días a través de regulations.gov, mediante el expediente USCIS-2026-0397. Los inmigrantes que reciban una notificación de posible cancelación deberán prestar especial atención a la fecha límite y buscar orientación legal cuanto antes.