La Aduana General de la República de Cuba estableció nuevos límites de cantidad y valor para la importación de artículos del hogar, productos de ferretería, pinturas y materiales utilizados en reparaciones domésticas.
Las disposiciones, que entrarán en vigor el 12 de octubre de 2026, afectarán tanto a los viajeros que transporten estas mercancías en sus equipajes como a quienes las reciban mediante envíos desde el extranjero.
La medida quedó recogida en la Resolución 340/2026, publicada el 5 de octubre en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 83. La normativa también contempla el cobro de impuestos y servicios aduaneros en dólares para determinadas mercancías que excedan los límites establecidos.
¿Cuántos artículos de ferretería se pueden llevar a Cuba?
Entre las disposiciones figura un límite de cinco artículos de cada tipo de ferretería cuando su valor no supere los 50 dólares. Para productos que excedan esa cifra, incluidos los juegos de artículos, la cantidad permitida se reduce a tres.
Estas cantidades no sustituyen el límite general de valor establecido para cada modalidad de importación. Por tanto, los pasajeros deberán considerar tanto el número de unidades como el valor acumulado de sus pertenencias.
La regulación también establece el método de valoración por peso para artículos domésticos y de ferretería no duraderos, así como otros productos que carezcan de un valor individual representativo. Entre ellos aparecen interruptores, tomacorrientes, baterías para linternas y accesorios similares.
Nuevos límites para pinturas, cables eléctricos y mangueras
Quienes pretendan transportar pinturas, barnices, pigmentos o diluyentes deberán respetar un máximo conjunto de 20 litros. La Aduana sumará el volumen de todos los recipientes, sin importar su tamaño o presentación.
En el caso de los cables y alambres eléctricos, estarán permitidas hasta tres bobinas o carretes, cada uno con una longitud máxima de 100 metros. Para las mangueras de jardinería, limpieza u otros usos domésticos, el límite será de 50 metros en total.
Las alfombras y artículos similares podrán alcanzar una superficie conjunta de 50 metros cuadrados. La normativa también contempla productos como puertas, ventanas, tanques de agua, equipos de vigilancia, utensilios de cocina y accesorios sanitarios.
¿Qué sucede si los productos superan las cantidades autorizadas?
Una de las novedades es la posibilidad de realizar un despacho diferenciado para determinados artículos que excedan los límites o sean considerados de carácter comercial.
El procedimiento requiere la aceptación del propietario o su representante. Primero se tramitan las mercancías que cumplen las condiciones ordinarias y posteriormente se atienden aquellas sujetas al tratamiento especial.
En estos casos, las autoridades podrán cobrar los derechos de importación y los servicios aduaneros en dólares, conforme a las tarifas correspondientes. Esto no supone una autorización automática para introducir cualquier cantidad, pues continuará aplicándose la revisión de la Aduana.
La disposición afecta directamente a quienes viajan a Cuba con productos para reparar viviendas, mejorar instalaciones domésticas o abastecer a familiares. Por ello, conocer los límites antes de preparar el equipaje permitirá identificar cuáles artículos podrían requerir trámites y pagos adicionales.
Tabla de valores aduaneros para artículos del hogar y ferretería
Valores de referencia expresados en USD. No representan necesariamente el impuesto final que deberá pagar el viajero.
| Artículo | Unidad | Valor USD |
|---|---|---|
| Pinturas, barnices, pigmentos y diluyentes | Litro | 4,00 |
| Cables eléctricos | Bobina (hasta 100 m) | 100,00 |
| Lámparas eléctricas | Unidad | 20,00 |
| Linternas | Unidad | 3,00 |
| Tanques de agua | Unidad | 60,00 |
| Mangueras | Metro | 5,00 |
| Escaleras domésticas | Unidad | 30,00 |
| Alarmas contra intrusos | Unidad | 60,00 |
| Sistemas de videovigilancia | Unidad | 400,00 |
| Puertas | Unidad | 100,00 |
| Ventanas | Unidad | 50,00 |
| Tazas de baño | Unidad | 55,00 |
| Lavamanos con o sin pedestal | Unidad | 40,00 |
| Bañaderas | Unidad | 200,00 |
| Jacuzzi | Unidad | 950,00 |
| Llaves mezcladoras | Unidad | 20,00 |
| Revestimientos para suelos, techos y paredes | m² | 50,00 |
| Alfombras y similares | m² | 10,00 |
| Tiendas de campaña y toldos | Unidad | 100,00 |
| Balones para gas | Unidad | 60,00 |
| Filtros de agua | Unidad | 40,00 |
| Juego de neveras plásticas portátiles | Juego | 80,00 |
| Neveras plásticas portátiles | Unidad | 50,00 |
| Marquetería, cofres, cajas y estuches | Unidad | 8,00 |
| Ollas, calderos, cazuelas y sartenes | Unidad | 15,00 |
| Cajas de seguridad | Unidad | 250,00 |
| Extintores de 1 a 25 kg | Unidad | 50,00 |
| Extintores de 25 a 70 kg | Unidad | 100,00 |
| Extintores de 70 a 100 kg | Unidad | 200,00 |
| Incubadoras de huevos (hasta 90 huevos) | Unidad | 300,00 |