Noticias relacionadas

Cuba permite comprar viviendas a extranjeros y emigrados: ¿qué establece la nueva ley?

El Ministerio de la Construcción aclaró que ambos grupos tienen derechos similares de propiedad, aunque deben cumplir determinados trámites legales

La nueva Ley de Vivienda de Cuba permite que ciudadanos cubanos residentes en el extranjero y personas extranjeras sin residencia en la Isla compren hasta dos propiedades, sin establecer diferencias en ese límite.

El Ministerio de la Construcción aclaró que ambos grupos pueden acceder al mercado inmobiliario bajo las condiciones previstas por la legislación, vigente desde el 21 de octubre de 2026. Sin embargo, quienes viven en Estados Unidos también deben considerar las restricciones estadounidenses sobre operaciones inmobiliarias en territorio cubano.

La directora de Asuntos Legales de la Vivienda del Ministerio de la Construcción, Marvelis Velázquez Reyes, explicó a Cubadebate que la norma permite compraventas entre ciudadanos cubanos y extranjeros, independientemente de su residencia. La funcionaria respondió a diversas dudas sobre el alcance de la legislación, publicada el 14 de octubre en la Gaceta Oficial número 86.

¿Cuántas viviendas pueden comprar los extranjeros en Cuba?

La Ley 187 reconoce el derecho de las personas naturales a poseer hasta dos viviendas. También permite conservar una propiedad adicional de descanso o veraneo, siempre que el título correspondiente reconozca esa condición. Según Velázquez Reyes, los extranjeros sin residencia reciben el mismo tratamiento respecto al número de inmuebles que pueden adquirir.

La principal diferencia aparece en el procedimiento de formalización. Los compradores extranjeros no residentes deben acudir a notarios de las Consultorías Jurídicas y Bufetes Internacionales del Ministerio de Justicia. Para efectuar la operación necesitan presentar su identificación y acreditar la forma de pago utilizada. La legislación exige realizar los pagos mediante instrumentos bancarios y establece otras condiciones para la inscripción de las propiedades.

¿Qué derechos tienen los cubanos que viven en el extranjero?

Los ciudadanos cubanos establecidos fuera del país también pueden adquirir hasta dos viviendas, según confirmó la representante del Ministerio de la Construcción. La funcionaria explicó que el Estado reconoce sus derechos de propiedad y las obligaciones correspondientes, sin establecer un régimen separado exclusivamente para quienes emigraron.

Esta disposición tiene especial interés para las familias que mantienen propiedades en La Habana, Santiago de Cuba y otras provincias. La nueva regulación contempla compraventas, donaciones, permutas y transmisiones hereditarias. Sin embargo, cada operación debe cumplir los requisitos legales correspondientes y no supone el reconocimiento automático de reclamaciones sobre viviendas perdidas anteriormente.

Como informó anteriormente Asere, los propietarios que permanecen fuera de Cuba también deben cumplir obligaciones relacionadas con la conservación de sus inmuebles. La legislación exige designar una persona que pueda representarlos durante sus ausencias. Además, contempla procedimientos judiciales cuando una propiedad alcanza un estado de ruina por abandono y el titular incumple sus responsabilidades de recuperación.

Derecho o condición Cubano residente en el exterior Extranjero no residente
Comprar vivienda en Cuba Sí Sí
Tener hasta dos viviendas Sí Sí
Tener una vivienda adicional de descanso o veraneo Sí, si está reconocida legalmente Sí, bajo la misma condición
Vender una propiedad Sí Sí
Cumplir obligaciones de propiedad Sí Sí
Formalizar la compraventa Ante notario competente Ante notario de Consultorías Jurídicas o Bufetes Internacionales del MINJUS

¿Pueden los cubanos de Miami comprar una casa en la Isla?

Aunque la legislación cubana reconoce estas operaciones, las normas de Estados Unidos introducen una limitación importante. La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) establece que las personas sujetas a jurisdicción estadounidense generalmente no pueden comprar ni arrendar inmuebles en Cuba sin autorización. Esta restricción alcanza, entre otros, a ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes, incluso cuando también poseen nacionalidad cubana.

La pregunta 799 de las orientaciones oficiales de OFAC contempla determinadas excepciones para actividades autorizadas. Sin embargo, esas disposiciones no equivalen a una autorización general para comprar viviendas familiares o invertir en propiedades cubanas. Los interesados deben comprobar las reglas estadounidenses aplicables antes de comprometer dinero o formalizar contratos.

La reforma amplía las posibilidades reconocidas por la legislación cubana, pero su aplicación depende de la situación jurídica de cada comprador. Para los emigrados, conservar la ciudadanía cubana o tener familiares en la Isla no elimina las obligaciones de propiedad ni las restricciones del país donde residen. La nueva norma abre oportunidades inmobiliarias, aunque no garantiza que todas puedan aprovecharse sin limitaciones legales.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Suscríbete al boletín de noticias
- Advertisement -
- Advertisement -
Noticias destacadas
- Advertisement -
Últimas noticias
- Advertisement -
Fárandula
- Advertisement -