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American Airlines en riesgo de ser demandada por usar el Aeropuerto ‘José Martí’

El caso de la aerolínea está relacionado con una demanda que está fundamentada en el Título III de la Ley Helms-Burton

El Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito de Estados Unidos revocó el miércoles una decisión previa que había desestimado la demanda presentada por José Ramón López Regueiro contra American Airlines.

La causa involucra el uso ilegal, según López Regueiro, del Aeropuerto Internacional ‘José Martí’ en La Habana, propiedad que fue confiscada por el gobierno cubano en 1959.

El tribunal concluyó que el fallo inicial era incorrecto y que la interpretación de la defensa de la aerolínea sobre la Ley Helms-Burton era equivocada.

Según el dictamen judicial, no es necesario que tanto el propietario original como el heredero sean ciudadanos estadounidenses en el momento de la confiscación para presentar una reclamación bajo esta ley. Esto permitió que la Corte revocara la desestimación del caso y ordenara que se reanudara su curso legal.

La demanda presentada por López Regueiro está fundamentada en el Título III de la Ley Helms-Burton, que otorga a los ciudadanos estadounidenses el derecho a demandar a empresas que hayan operado propiedades confiscadas por el régimen cubano tras 1959.

Según el demandante, su padre, José López Vilaboy, adquirió el aeropuerto en 1955 a través de la Compañía de Aeropuertos Internacionales S.A. (CAISA). Posteriormente, tras la expropiación de la propiedad en 1960, la familia se exilió en Estados Unidos.

A pesar de que López Regueiro no obtuvo la ciudadanía estadounidense hasta 2015, heredó las acciones de CAISA tras el fallecimiento de su padre en 1989. El demandante asegura que American Airlines “traficó” con la propiedad al operar vuelos desde el aeropuerto cubano desde 1991.

La Ley Helms-Burton y sus implicaciones

La aerolínea había solicitado la desestimación del caso argumentando que, para que el reclamo fuera válido, el propietario original y su heredero debían ser ciudadanos estadounidenses en el momento de la confiscación.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones falló en contra de esta interpretación, estableciendo que cualquier ciudadano estadounidense con un reclamo válido sobre una propiedad confiscada tiene derecho a demandar, incluso si adquirió la propiedad antes de naturalizarse.

El fallo también precisó que la Ley Helms-Burton protege a aquellos que tienen interés en una propiedad confiscada, incluidos los accionistas de una empresa como CAISA, aunque no sean los propietarios directos del inmueble en cuestión.

Un precedente para futuras demandas

La decisión judicial refuerza la importancia de la Ley Helms-Burton, que busca ofrecer una vía para la compensación de aquellos afectados por las expropiaciones de propiedades en Cuba. Este fallo podría sentar un precedente importante para otras demandas similares que se encuentran en los tribunales federales de Estados Unidos.

El caso de López Regueiro se había presentado después de que el presidente Donald Trump levantara la suspensión del Título III de la ley en 2019. Este levantamiento permitió la reactivación de demandas como la de Regueiro, quien ahora verá su caso continuar en los tribunales.

La Corte concluyó que las alegaciones de López Regueiro sobre la confiscación del aeropuerto y su relación con la propiedad eran suficientes para que el caso prosiguiera en los tribunales. Este dictamen representa un paso clave para aquellos que buscan reparaciones bajo la Ley Helms-Burton.

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