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Banco Central de Cuba limita el acceso de las Mipymes y TCP a dólares

Las nuevas normativas prohíben las transacciones en efectivo para estas operaciones

El Banco Central de Cuba (BCC) ha comenzado a aplicar un nuevo sistema cambiario a partir de este 18 de diciembre de 2025, con la implementación de tres tipos de cambio entre la moneda nacional (CUP) y las principales divisas internacionales, incluido el dólar estadounidense.

Esta medida tiene como objetivo regular el mercado cambiario cubano y garantizar el control estatal sobre las transacciones en divisas.

Tres tipos de cambio en Cuba

El nuevo sistema cambiario establece tres tasas de cambio: la primera es una tasa fija de 1 dólar por 24 CUP, que continuará siendo utilizada por algunas operaciones de empresas estatales.

La segunda tasa fija es de 1 dólar por 120 CUP, que estará destinada a las Micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) y a los Trabajadores por Cuenta Propia (TCP).

Finalmente, el tercer tipo de cambio es una tasa flotante, que se ajustará diariamente de acuerdo con las condiciones del mercado, con un valor inicial de 410 CUP por cada dólar.

Restricciones para Mipymes y TCP en la compra de dólares

Con la implementación de estas tasas de cambio, el BCC ha introducido restricciones adicionales para las Mipymes y los TCP que deseen acceder a la compra de divisas a la tasa fija de 120 CUP por dólar.

A partir de ahora, estos actores económicos solo podrán adquirir dólares hasta un 50% de sus ingresos brutos promedio del último trimestre fiscal. Esta medida busca evitar compras excesivas de divisas que puedan desestabilizar aún más el mercado cambiario cubano.

De igual manera, el acceso a la compra de dólares solo será posible a través de tarjetas bancarias, lo que prohíbe las transacciones en efectivo para estas operaciones. Todas las transacciones deberán ser registradas en las cuentas bancarias tanto en dólares como en pesos cubanos.

¿Quién puede acceder a la tasa fija de 1 dólar por 120 CUP?

El Ministerio de Economía y Planificación es el único encargado de autorizar a las Mipymes y TCP para acceder a la tasa de cambio de 120 CUP por dólar. Las principales beneficiarias serán aquellas formas de gestión no estatal que operan en actividades exportadoras, en la Zona Especial del Mariel (ZEDM) y las dedicadas al comercio electrónico.

Estas iniciativas buscan permitir un acceso más directo a las divisas, pero el control general sigue siendo del gobierno, que mantiene el peso cubano como la moneda preferente para las transacciones internas.

Venta obligatoria de dólares por parte de los privados

Como parte de las transformaciones en el mercado cambiario oficial, también se ha estipulado que los privados que generen ingresos en divisas, ya sea por prestación de servicios o venta de bienes, deberán vender el 20% de sus ingresos en dólares al BCC, utilizando la tasa de cambio oficial de 1 por 120 CUP.

Esta normativa se encuentra recogida en el Decreto-Ley 113/2025, publicado en la Gaceta Oficial el pasado 11 de diciembre, y tiene como objetivo garantizar que el gobierno mantenga la liquidez necesaria en dólares.

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