El martes la Embajada de la República Italiana en Cuba emitió un comunicado oficial con las nuevas reglas que regirán, a partir de ahora, el tránsito entre ambos países producto de la rápida expansión del coronavirus (Covid-19).
Todo parece indicar que, la cifra de muertos en el país —el segundo territorio que más alberga cubanos en la Unión Europea— ha vuelto a dispararse en las últimas 24 horas. Actualmente, ya suman un total de 467 fallecidos por la pandemia y 7.985 casos positivos al contagio.
Entre los aspectos esenciales señalados por la sede diplomática en La Habana está la regulación de los viajes y la entrada al territorio italiano. Según la agencia Cubaservizi existe una alta probabilidad de que las visas turísticas, desde la publicación de la nota hasta el venidero 3 de abril, sean negadas.
Por el momento, —reza la misiva— solo podrán viajar a Italia, los ciudadanos de dicho país y aquellos extranjeros residentes o domiciliados en la nación europea que se encuentren en Cuba.
Igualmente, solo podrán viajar a Cuba, los ciudadanos italianos y extranjeros residentes o domiciliados en la Isla, que se encuentren en Italia.
A continuación reproducimos de forma íntegra el comunicado de la sede
Emergencia Covid-19: Actualización del 10 de marzo de 2020
Luego de la aprobación del nuevo Decreto del Presidente del Consejo de Ministros del 9 de marzo de 2020, que contiene urgentes medidas para el enfrentamiento y contención del virus Covid-19, con relación a la tutela de los ciudadanos italianos presentes en Cuba y la información a los usuarios de esta Embajada, se señalan los siguientes aspectos de mayor relevancia:
- los ciudadanos italianos y los extranjeros residentes/domiciliados en Italia, que se encuentren en Cuba, pueden –si los medios de transporte son operativos- regresar a sus propios domicilios, casas o residencias;
- de igual forma, los ciudadanos italianos y los extranjeros residentes/domiciliados en Cuba, que se encuentren en Italia, pueden -si los medios de transporte son operativos- regresar a sus propios domicilios, casas o residencias;
- está permitido además la entrada y salida de Italia por demostradas exigencias laborales;
- por el contrario, debe evitarse absolutamente la entrada a Italia por motivos de turismo;
- debe evitarse igualmente el desplazamiento de las personas físicas dentro del territorio nacional, excepto por comprobadas exigencias laborales, situaciones de necesidad o motivos de salud.
- en el territorio nacional italiano, están previstas además limitaciones a ejercer actividades públicas (deportivas, culturales, de entretenimiento, etc.) y cualquier forma de aglomeración de personas en lugares públicos o abiertos al público.