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Covid-19: Embajada de Italia en Cuba actualiza sobre el tránsito entre ambos países

El martes la Embajada de la República Italiana en Cuba emitió un comunicado oficial con las nuevas reglas que regirán, a partir de ahora, el tránsito entre ambos países producto de la rápida expansión del coronavirus (Covid-19).

Todo parece indicar que, la cifra de muertos en el país —el segundo territorio que más alberga cubanos en la Unión Europea— ha vuelto a dispararse en las últimas 24 horas. Actualmente, ya suman un total de 467 fallecidos por la pandemia y 7.985 casos positivos al contagio.

Entre los aspectos esenciales señalados por la sede diplomática en La Habana está la regulación de los viajes y la entrada al territorio italiano. Según la agencia Cubaservizi existe una alta probabilidad de que las visas turísticas, desde la publicación de la nota hasta el venidero 3 de abril, sean negadas.

Por el momento, —reza la misiva— solo podrán viajar a Italia, los ciudadanos de dicho país y aquellos extranjeros residentes o domiciliados en la nación europea que se encuentren en Cuba.

Igualmente, solo podrán viajar a Cuba, los ciudadanos italianos y extranjeros residentes o domiciliados en la Isla, que se encuentren en Italia.

A continuación reproducimos de forma íntegra el comunicado de la sede

Emergencia Covid-19: Actualización del 10 de marzo de 2020

Luego de la aprobación del nuevo Decreto del Presidente del Consejo de Ministros del 9 de marzo de 2020, que contiene urgentes medidas para el enfrentamiento y contención del virus Covid-19, con relación a la tutela de los ciudadanos italianos presentes en Cuba y la información a los usuarios de esta Embajada, se señalan los siguientes aspectos de mayor relevancia:

  • los ciudadanos italianos y los extranjeros residentes/domiciliados en Italia, que se encuentren en Cuba, pueden –si los medios de transporte son operativos- regresar a sus propios domicilios, casas o residencias;
  • de igual forma, los ciudadanos italianos y los extranjeros residentes/domiciliados en Cuba, que se encuentren en Italia, pueden -si los medios de transporte son operativos- regresar a sus propios domicilios, casas o residencias;
  • está permitido además la entrada y salida de Italia por demostradas exigencias laborales;
  • por el contrario, debe evitarse absolutamente la entrada a Italia por motivos de turismo;
  • debe evitarse igualmente el desplazamiento de las personas físicas dentro del territorio nacional, excepto por comprobadas exigencias laborales, situaciones de necesidad o motivos de salud.
  • en el territorio nacional italiano, están previstas además limitaciones a ejercer actividades públicas (deportivas, culturales, de entretenimiento, etc.) y cualquier forma de aglomeración de personas en lugares públicos o abiertos al público.

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