Las nuevas restricciones de la Oficina de Control de Activos Extranjeros de Estados Unidos (OFAC) comenzaron a aplicarse este miércoles 30 de septiembre de 2026 y modifican las condiciones para determinados viajes desde Estados Unidos hacia Cuba. La medida elimina los viajes educativos grupales conocidos como “pueblo a pueblo” y establece nuevos requisitos para algunas visitas académicas, aunque no suspende los vuelos comerciales regulares entre ambos países.
La actualización forma parte de una ampliación del Programa de Sanciones contra Cuba y afecta principalmente a personas bajo jurisdicción estadounidense, organizaciones educativas y grupos que utilizaban categorías autorizadas para realizar intercambios con la Isla.
Desde ahora, los viajeros que pretendan acogerse a ciertas autorizaciones educativas deberán cumplir nuevas condiciones establecidas por la OFAC. Entre ellas, la participación de una organización sujeta a las leyes estadounidenses y, en la mayoría de los casos, el acompañamiento de un representante del patrocinador durante las actividades en Cuba.
¿Qué vuelos y viajes a Cuba quedan afectados por la nueva medida?
La nueva normativa no elimina los vuelos comerciales entre Estados Unidos y Cuba ni impide que los ciudadanos estadounidenses viajen bajo las categorías autorizadas que continúan vigentes.
El cambio afecta específicamente a los viajes educativos grupales conocidos como “pueblo a pueblo” (people-to-people), una modalidad que permitía visitas organizadas con programas de intercambio cultural y educativo entre estadounidenses y cubanos.
Bajo esta categoría, los participantes podían viajar a la Isla mediante programas organizados que incluían encuentros con artistas, estudiantes, emprendedores, instituciones académicas y proyectos comunitarios.
A partir de este miércoles, esos viajes grupales dejan de estar autorizados para personas bajo jurisdicción estadounidense. La OFAC estableció, sin embargo, una excepción para quienes ya habían completado antes del 30 de septiembre una transacción relacionada con el viaje, como la compra de un boleto aéreo o una reserva de alojamiento.
Nuevos requisitos para viajes educativos hacia la Isla
Las actividades educativas que todavía permanecen autorizadas deberán realizarse bajo condiciones más estrictas. Las personas que viajen a Cuba con esos fines deberán hacerlo mediante una organización reconocida bajo la jurisdicción estadounidense.
En la mayoría de los casos, los participantes tendrán que permanecer acompañados por un representante de la entidad patrocinadora durante las actividades programadas en territorio cubano.
La OFAC mantiene excepciones para instituciones estadounidenses acreditadas que otorgan títulos universitarios o de posgrado. Sus estudiantes y empleados permanentes a tiempo completo podrán realizar determinados programas educativos sin la obligación de contar con ese acompañamiento.
Además, desde hoy ya no está permitido que personas sujetas a las leyes estadounidenses organicen o participen en reuniones profesionales y conferencias en Cuba bajo la autorización general existente anteriormente.
Una medida que modifica una vía de intercambio entre ambos países
Los viajes “pueblo a pueblo” tuvieron mayor relevancia después del restablecimiento de relaciones diplomáticas entre Estados Unidos y Cuba durante la administración del presidente Barack Obama.
En 2016, Washington permitió que ciudadanos estadounidenses organizaran sus propios viajes bajo esta categoría, lo que facilitó programas de intercambio cultural y académico con la población cubana.
Posteriormente, durante la primera administración de Donald Trump, estas posibilidades fueron reducidas y en 2019 se prohibieron nuevamente los viajes educativos grupales bajo esa modalidad.
Con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones, las organizaciones y viajeros que utilizaban esta categoría deberán ajustarse a las nuevas reglas o buscar otras autorizaciones disponibles dentro de las normas estadounidenses.