Gaceta Oficial: nuevo decreto autoriza empresas mixtas estatales y privadas
A pesar de la flexibilidad que promete la medida, el control gubernamental sigue siendo estricto
El Consejo de Estado de Cuba aprobó el Decreto-Ley 114/2025, publicado en la Gaceta Oficial No. 24 del 3 de marzo de 2026, que establece las bases para la creación de empresas mixtas entre el sector privado y el gobierno cubano.
Esta medida busca dinamizar la economía de la Isla, incentivando la colaboración entre las empresas estatales y los actores económicos no estatales, como las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) y cooperativas.
Colaboración entre el sector privado y estatal
Firmado por Juan Esteban Lazo, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, y respaldado por el Ministerio de Economía y Planificación, el Decreto-Ley tiene como principal propósito fomentar el crecimiento económico de Cuba a través de asociaciones entre empresas estatales y privadas.
Las nuevas normas permiten que estas empresas se asocien para formar sociedades de responsabilidad limitada mixtas, realizar adquisiciones y establecer contratos de asociación económica.
A pesar de la flexibilidad que promete la medida, el control gubernamental sigue siendo estricto. Las sociedades mixtas deberán operar bajo la supervisión del Ministerio de Economía y Planificación, que evaluará y aprobará cada solicitud dentro de plazos establecidos.
Las entidades involucradas podrán aportar tanto bienes materiales como inmuebles, aunque estos deberán ser evaluados por el Ministerio de Finanzas y Precios.
Pasos para crear empresas mixtas
El proceso para la creación de estas nuevas sociedades mixtas implica la presentación de una solicitud ante el Ministerio de Economía y Planificación, acompañada de los estatutos y un proyecto de negocio detallado.
El Ministerio tiene un plazo de 30 días naturales para evaluar las propuestas y un máximo de 10 días adicionales para su aprobación o rechazo. Si la solicitud involucra bienes de propiedad estatal, el proceso podría extenderse hasta 60 días.
Aunque las nuevas sociedades mixtas tendrán la capacidad de exportar e importar directamente, gestionar cuentas bancarias y operar con su propio capital, se mantienen estrictas regulaciones sobre precios y actividades comerciales.
Esto significa que, a pesar de la flexibilidad que ofrece el Decreto-Ley, las empresas estarán sujetas a un control administrativo exhaustivo por parte del gobierno cubano.
Contratos de asociación económica
El Decreto-Ley también introduce contratos de asociación económica, una modalidad que permite a las entidades estatales y no estatales asociarse para formar un fondo común, pero sin crear una nueva persona jurídica. Aunque este modelo es más flexible que las sociedades mixtas, también requiere la aprobación del Ministerio de Economía y Planificación.
Estos contratos permiten que las entidades mantengan su identidad legal, pero deben acordar cómo se distribuirán los beneficios, los aportes y la gestión del negocio. A diferencia de las sociedades mixtas, que requieren la constitución de nuevas empresas, los contratos de asociación económica brindan más libertad para adaptarse a las necesidades de cada sector.
Requisitos
La Resolución 8/2026 complementa el Decreto-Ley y establece los procedimientos para la implementación de las asociaciones económicas. Entre los requisitos se destaca que las sociedades mixtas deben ser capaces de autofinanciarse y generar utilidades.
Además, deben alinearse con la estrategia de desarrollo territorial de Cuba. En todos los casos, el Ministerio de Economía y Planificación tendrá la última palabra sobre las solicitudes y las modificaciones de las empresas involucradas.



