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Nueva Ley del Notariado en Cuba facilita trámites de matrimonio y testamentos

Ministerio de Justicia ha comenzado una campaña oficial para informar sobre los cambios

A inicios de año, entró en vigor la nueva Ley del Notariado en Cuba, la cual actualiza y regula diversos trámites jurídicos que incluyen el matrimonio, las uniones de hecho afectivas, la otorgación de testamentos y la declaratoria de herederos.

Más de un mes después de su implementación, el Ministerio de Justicia ha comenzado una campaña oficial para informar sobre los cambios más relevantes que deben seguirse en estos trámites comunes.

Eliminar los testigos en los trámites

Uno de los cambios más significativos en la nueva legislación es la eliminación de los testigos instrumentales en los trámites de matrimonio y en la otorgación de testamentos. A partir de ahora, el notario asume un papel central y exclusivo en la validación de estos actos jurídicos.

Su responsabilidad incluye verificar la identidad de las partes involucradas, asegurarse de que las voluntades se expresen de manera libre y consciente, y garantizar que las partes tengan las capacidades legales necesarias para realizar dichos actos.

Según el Ministerio de Justicia, la eliminación de los testigos tiene como objetivo simplificar el proceso y concentrar la responsabilidad en la figura del notario. De esta forma, se busca que los trámites sean más ágiles y seguros, sin la necesidad de contar con testigos adicionales.

Publicación previa en declaratorias de herederos

Otra de las modificaciones implementadas por la nueva ley es la obligación de realizar una publicación previa en ciertos trámites, como los matrimonios, las uniones de hecho afectivas y las declaratorias de herederos.

Esta medida, que requiere la autorización de las partes involucradas, establece un plazo de cinco días hábiles durante el cual los nombres completos de los interesados y el tipo de acto que se llevará a cabo deben ser publicados en los canales oficiales designados por el Ministerio de Justicia.

La finalidad de esta publicación es asegurar la protección de los derechos de terceros, permitiendo que cualquier persona que considere que sus derechos puedan verse afectados por el acto pueda presentar una oposición fundamentada dentro del plazo establecido.

El cambio busca aumentar la transparencia y prevenir impugnaciones futuras al dar la oportunidad de detectar posibles herederos no localizados o impugnaciones legales que puedan surgir.

Recomendaciones del Ministerio de Justicia

El Ministerio de Justicia de Cuba ha recomendado a los ciudadanos que planean realizar estos trámites que se acerquen con antelación a la notaría de su elección. Los notarios podrán brindar información detallada sobre los nuevos requisitos y la documentación necesaria, para que los interesados puedan planificar sus trámites conforme a los nuevos procedimientos.

De igual manera, se enfatiza que el periodo de cinco días de publicación previa debe ser considerado al momento de organizar la formalización del acto jurídico. Para mayor información, los ciudadanos pueden contactar directamente con las notarías o las oficinas del Ministerio de Justicia.

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