Un despliegue policial realizado el domingo 1 de noviembre de 2026 en San Miguel del Padrón, La Habana, terminó con 71 personas trasladadas a una estación de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR). Entre los afectados figuraban ciudadanos señalados por residir en la capital sin autorización administrativa.
La intervención, organizada por el Ministerio del Interior (MININT) para enfrentar presuntas actividades ilícitas, reabrió el debate sobre las restricciones que impiden a determinados cubanos establecer su domicilio libremente dentro del país.
El periódico oficialista Tribuna de La Habana informó que las operaciones abarcaron todos los consejos populares del municipio y concluyeron con el traslado de los implicados a la 11.ª Unidad de la PNR. El reporte citó información difundida por el perfil Héroes de Azul en Cuba, vinculado con las fuerzas policiales, sin ofrecer una relación individual de los detenidos ni precisar las decisiones adoptadas después del procedimiento.
¿Por qué la Policía considera ilegales a ciudadanos cubanos en La Habana?
Las autoridades mencionaron entre las personas intervenidas a sospechosos de posesión de drogas, tenencia de armas blancas, actividades económicas no autorizadas y participación en otros hechos delictivos. También incluyeron a individuos con multas pendientes y ciudadanos descritos como indocumentados o residentes irregulares en la capital. Estas circunstancias corresponden a situaciones jurídicas diferentes y no demuestran que todos los trasladados hayan cometido delitos.
El balance tampoco establece cuántos ciudadanos fueron retenidos únicamente por problemas relacionados con su domicilio. Se desconoce si recibieron multas, si recuperaron su libertad o si fueron enviados hacia sus provincias de origen. La falta de información impide determinar cuántos de los 71 casos corresponden a investigaciones penales y cuántos a posibles infracciones administrativas.
Decreto 217: restricciones para establecer residencia en la capital cubana
El origen de estas limitaciones se encuentra en el Decreto 217, aprobado el 22 de abril de 1997. La disposición exige cumplir determinados requisitos para oficializar el traslado permanente desde otras provincias hacia La Habana. Durante su aprobación, el Gobierno justificó los controles por la presión sobre las viviendas, el transporte, los servicios públicos y las posibilidades de empleo.
La normativa contempla multas y medidas de retorno al territorio de procedencia para quienes incumplan sus disposiciones. En 2011, el Decreto 293 introdujo excepciones para determinados familiares de residentes habaneros y otras situaciones específicas. Sin embargo, las modificaciones no eliminaron todos los requisitos administrativos que condicionan el establecimiento permanente en la ciudad.
Estas regulaciones afectan a personas que buscan trasladarse por motivos laborales, familiares o económicos. No obstante, permanecer temporalmente en La Habana no equivale por sí solo a cometer una infracción. Las consecuencias dependen de las condiciones de residencia y de los supuestos contemplados en la legislación, por lo que no corresponde calificar automáticamente como ilegales a todos los ciudadanos procedentes de otras provincias.
Organismos de derechos humanos cuestionan los controles de residencia
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha solicitado desde 2012 la derogación del Decreto 217 y sus disposiciones complementarias. El organismo considera que estas restricciones afectan la libertad de circulación y la posibilidad de elegir domicilio dentro del territorio nacional. Sus informes también recogen antecedentes de personas obligadas a regresar a sus localidades de origen por incumplir los controles.
La Constitución cubana de 2019 reconoce en su artículo 52 el derecho a entrar, permanecer, transitar y salir del país, así como a cambiar de residencia, dentro de las limitaciones establecidas por las leyes. La organización jurídica independiente Cubalex ha cuestionado el alcance de esas excepciones, que permiten mantener controles administrativos sobre los desplazamientos internos.
Por ahora, el MININT no ha divulgado un desglose de los 71 casos ni explicado qué disposición se aplicó a quienes fueron identificados como residentes irregulares. Tampoco se conocen posibles recursos presentados por los afectados. La ausencia de esos datos mantiene sin respuesta una cuestión fundamental: cuántas personas fueron objeto de una investigación criminal y cuántas terminaron en una unidad policial por su situación residencial.