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Trump pone fecha límite a empresas extranjeras para cortar lazos con Cuba

El periodo se da para que las compañías puedan completar pagos, trámites y gestiones para desmontar contratos

La administración de Donald J. Trump fijó el 5 de junio como fecha límite para que determinadas empresas extranjeras cierren sus operaciones vinculadas a Cuba, según una directiva de la Oficina de Control de Activos Extranjeros de Estados Unidos (OFAC).

La decisión, adoptada en Washington bajo la Orden Ejecutiva 14404, busca reforzar las sanciones contra sectores de la economía cubana controlados por el aparato estatal y militar del régimen.

El periodo concedido por el Departamento del Tesoro funciona como una fase de salida. Durante ese margen, las compañías alcanzadas por la medida podrán completar pagos, trámites financieros y gestiones necesarias para desmontar contratos o vínculos comerciales previos en la Isla.

La OFAC aclaró que no pretende sancionar a personas extranjeras, incluidas instituciones financieras, por transacciones indispensables para liquidar operaciones ya existentes con el Grupo de Administración Empresarial S.A. (GAESA) o con entidades donde ese conglomerado tenga una participación directa o indirecta igual o superior al 50%.

Esa autorización, sin embargo, tiene límites estrictos. La ventana temporal no permite abrir nuevos negocios, ampliar contratos ni mover activos de una forma que favorezca a las estructuras sancionadas. Su alcance se reduce al cierre ordenado de relaciones comerciales anteriores.

GAESA queda en el centro de la presión financiera

La medida golpea de forma especial a las empresas extranjeras que durante años desarrollaron actividades en Cuba mediante acuerdos, sociedades o esquemas ligados a GAESA, considerado uno de los principales brazos económicos del poder militar cubano.

Estimaciones citadas en el texto señalan que ese conglomerado tendría presencia en cerca del 70% de la economía nacional. Por ello, la directiva de Washington puede afectar áreas como turismo, minería, energía, servicios financieros y otros negocios considerados estratégicos para la cúpula gobernante.

No todas las compañías con presencia en Cuba quedarán sancionadas de manera automática. La OFAC precisó que la Orden Ejecutiva 14404 expone a riesgo a personas extranjeras que operen o hayan operado en sectores determinados de la economía cubana, pero las sanciones dependerán de una designación formal del Departamento del Tesoro o del Departamento de Estado.

Sanciones por derechos humanos y corrupción

La directiva también contempla medidas contra personas o entidades que actúen en representación del gobierno cubano, respalden a individuos bloqueados bajo esta autoridad, participen en graves violaciones de derechos humanos o estén asociadas a hechos de corrupción relacionados con Cuba.

La OFAC subrayó que la nueva orden funciona por separado de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos (CACR). Esto significa que las prohibiciones, licencias y excepciones ya vigentes dentro del marco tradicional de sanciones contra La Habana continúan en vigor.

Para ciudadanos estadounidenses y empresas bajo jurisdicción de Estados Unidos, el margen de acción sigue siendo más reducido. Washington recordó que esas personas y entidades ya tenían prohibido operar con GAESA, salvo autorización específica.

GAESA figura desde el 21 de diciembre de 2020 en la Lista de Nacionales Especialmente Designados y en la Lista Restringida de Cuba. Con el nuevo plazo, la presión se desplaza ahora hacia empresas extranjeras que aún mantienen vínculos con el entramado económico del régimen.

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