Extienden por otro año las licencias para exportaciones de EEUU a Cuba
El presidente de Estados Unidos, Donald J. Trump, ratificó esta decisión en un memorando oficial
La Casa Blanca ha anunciado la extensión de un año de las facultades bajo la Ley de Comercio con el Enemigo (TWEA) aplicables a Cuba, lo que incluye ciertas exportaciones desde Estados Unidos hacia la Isla.
La determinación se extiende hasta el 14 de septiembre de 2026, según la “Determinación Presidencial No. 2025-11”, fechada el 29 de agosto y publicada recientemente en el Registro Federal.
El presidente de Estados Unidos, Donald J. Trump, ratificó esta decisión en un memorando oficial, explicando que la prórroga de estas facultades es un asunto de interés nacional.
“Por la presente determino que la continuación del ejercicio de esas autoridades con respecto a Cuba por un año redunda en el interés nacional de Estados Unidos”, subrayó Trump.
El mandatario también especificó que, conforme a la autoridad que le otorga la Ley Pública 95-223, la medida será renovada hasta el 14 de septiembre de 2026.
La vigencia del embargo y sus regulaciones
A pesar de esta extensión, la base legal del embargo hacia Cuba se mantiene intacta, siendo aplicada tal como se regula bajo las Regulaciones de Control de Activos Cubanos (CACR).
Estas regulaciones, emitidas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) en 1963, siguen siendo la normativa que regula las transacciones con la Isla, sujetas a varias licencias y restricciones. La OFAC recordó que cualquier cambio en las CACR debe ser congruente con otras leyes pertinentes.
Adicionalmente, el Departamento de Estado recalcó que el embargo económico integral sobre Cuba sigue vigente, basado en las órdenes y proclamas de la década de 1960.
Un marco legal adicional es el Acta de Libertad y Solidaridad Democrática para Cuba (Helms-Burton), que codificó el embargo y lo estableció como un mecanismo que no puede ser levantado unilateralmente por el Ejecutivo de EEUU.
Procedimiento de renovación y continuidad del embargo
La medida que extiende estas facultades es parte del procedimiento anual establecido desde 1977 bajo la Ley Pública 95-223, que requiere la renovación de las facultades del presidente para mantener el embargo.
La resolución actual no introduce cambios significativos en el régimen regulatorio del embargo, sino que simplemente prolonga las autoridades que permiten su implementación, tal como ocurrió en 2024, cuando se extendieron estas facultades hasta septiembre de 2025.



