Régimen emite anuncio sobre empresas que no aceptan transferencias
Las autoridades recordaron que esta conducta puede ser castigada con multas
El Ministerio de Economía y Planificación de Cuba reiteró que todos los comercios del país deben aceptar transferencias bancarias como forma de pago, en medio de nuevas quejas de consumidores por negativas, obstáculos y violaciones en varios establecimientos, tanto estatales como privados.
El recordatorio fue difundido en Facebook, se apoya en normas del Banco Central y llega cuando la llamada bancarización, impuesta por el régimen desde agosto de 2023, sigue marcada por fallas técnicas y desconfianza ciudadana.
La advertencia oficial llega mientras el uso obligatorio de canales electrónicos no ha resuelto los problemas de cobro ni de abastecimiento. Por el contrario, ha generado choques frecuentes entre clientes y negocios.
Muchos compradores denuncian que no consiguen pagar de forma digital, mientras otros aseguran que tampoco reciben la bonificación del 6% anunciada por la banca estatal como estímulo para usar esas plataformas.
Qué exige la bancarización en Cuba
La base legal de esta política quedó fijada en la Resolución 111/2023, publicada el 2 de agosto de 2023. Esa disposición estableció que las operaciones en efectivo entre actores económicos no pueden exceder los 5.000 pesos.
A partir de ese monto, el pago debe realizarse mediante transferencia u otra vía electrónica autorizada.
Según la versión oficialista, la medida busca reducir la circulación de dinero físico, hacer más rastreables los pagos y reforzar la supervisión sobre las transacciones realizadas tanto por negocios particulares como por entidades estatales.
En la práctica, sin embargo, la medida también amplía el margen de control estatal sobre una economía golpeada por la escasez, el desorden monetario y la falta de liquidez.
Multas, cierres y vigilancia fiscal
El esquema sancionador aparece recogido en el Decreto Ley 91 de 2024, que regula las contravenciones aplicables al trabajo por cuenta propia, las mipymes y las cooperativas no agropecuarias.
Esa norma prevé multas de entre 20 y 40 cuotas para pequeños negocios, y de 40 a 60 cuotas para mipymes y cooperativas. En dependencia de la infracción, los castigos pueden llegar hasta los 60.000 pesos.
Las sanciones no se limitan al pago de multas. Las autoridades contemplan además la suspensión temporal de licencias, la cancelación definitiva de permisos y el cierre parcial o total de establecimientos cuando exista reincidencia o cuando la violación sea calificada como grave.
El MEP también alertó sobre otra práctica común: el uso de códigos QR asociados a cuentas personales en vez de cuentas fiscales. Para el aparato estatal, esa maniobra dificulta la fiscalización de la ONAT y constituye una forma de evasión tributaria.



