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Banco Central de Cuba amenaza con congelar fondos sin previo aviso

La medida quedó oficializada en la Resolución 45/2026, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 63 con fecha del 12 de mayo

El Banco Central de Cuba aprobó una nueva resolución que autoriza congelar inmediatamente fondos y activos vinculados a personas o entidades señaladas por terrorismo, incluso sin previo aviso a los afectados.

La medida quedó oficializada en la Resolución 45/2026, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 63 con fecha del 12 de mayo de 2026.

El documento establece nuevas reglas para prevenir el financiamiento al terrorismo dentro del país y amplía el control estatal sobre operaciones financieras y comerciales.

La normativa no solo afecta a bancos o instituciones financieras. También incluye a personas naturales residentes en Cuba y empresas establecidas en la Isla que participen en actividades consideradas de riesgo por las autoridades.

Entre las operaciones bajo vigilancia aparecen transferencias de dinero, donaciones, transacciones comerciales, cambio de divisas, movimientos con activos virtuales y cualquier otro flujo de recursos que pudiera ser usado para financiar actividades terroristas.

Uno de los puntos más importantes del texto aparece en el Artículo 3. Allí se indica que cualquier persona o entidad que detecte fondos relacionados con individuos incluidos en listas de terrorismo deberá detener de inmediato la operación y reportarla a la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras del Banco Central.

Además, la resolución ordena congelar esos activos sin demora y sin necesidad de notificar previamente a los involucrados.

La disposición también amplía el alcance de las medidas a bienes controlados de forma directa o indirecta por personas designadas, incluso si los recursos no están ligados específicamente a un acto terrorista concreto.

El documento señala igualmente que podrán ser bloqueados fondos generados a partir de recursos administrados por individuos o entidades investigadas, así como bienes manejados por terceros que actúen bajo sus órdenes o representación.

En la práctica, la norma otorga mayores facultades al Estado para intervenir operaciones financieras sospechosas y amplía el margen de acción sobre recursos vinculados, aunque sea indirectamente, con actividades señaladas por terrorismo.

La resolución también prohíbe entregar dinero, servicios financieros o recursos económicos a personas incluidas en listas nacionales o del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, salvo en casos autorizados mediante licencias o permisos especiales reconocidos internacionalmente.

Quienes incumplan las nuevas disposiciones podrán enfrentar sanciones administrativas, además de posibles consecuencias penales o civiles según la legislación cubana.

El texto establece además que diferentes organismos estatales deberán desarrollar programas de capacitación y divulgación para enseñar a ciudadanos y empresas cómo detectar riesgos relacionados con lavado de dinero, financiamiento al terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva.

La resolución fue firmada en La Habana por Juana Lilia Delgado Portal el pasado 22 de abril de 2026.

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