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Cuba impondrá multas de hasta 5 millones de CUP por infracciones bancarias

La medida llega en medio de una economía marcada por la pérdida de valor del peso cubano

El Consejo de Estado de Cuba aprobó el Decreto-Ley 118/2026, una norma publicada este 8 de mayo en la Gaceta Oficial número 41, que eleva las multas por infracciones administrativas en los ámbitos bancario, financiero y cambiario.

La disposición, firmada por Juan Esteban Lazo Hernández, comenzó a regir desde la misma fecha y permite imponer sanciones de hasta 5.000.000 de pesos cubanos a personas jurídicas.

El nuevo decreto no crea una legislación bancaria desde cero. Su función principal es modificar el esquema sancionador previsto en el Decreto-Ley 363, que regula infracciones vinculadas con operaciones financieras, bancarias y cambiarias dentro del país.

La medida llega en medio de una economía marcada por la inflación, la pérdida de valor del peso cubano y el aumento de controles estatales sobre actores económicos.

El propio texto oficial atribuye los cambios a la experiencia acumulada en la aplicación de la norma anterior, la nueva política cambiaria y las condiciones económicas actuales.

Multas

Tipo de multa Multa general Multa por sistema de cuotas
Para personas naturales. Hasta los 50.000 CUP. De 10 a 200 cuotas.
Para personas jurídicas. Hasta los 5.000.000 CUP. De 10.000 a 200.000 cuotas.

La autoridad competente deberá analizar cada infracción antes de fijar el importe final. En el caso de las personas naturales, la sanción general podrá llegar a 50.000 CUP. Para empresas, mipymes y otras entidades jurídicas, el tope queda en 5.000.000 CUP.

Sistema de cuotas puede disparar las sanciones

El cambio más fuerte aparece en el sistema de cuotas. Este mecanismo se aplicará a infracciones específicas previstas en los artículos 9.7, 10 y 11.1 del Decreto-Ley 363. Cada cuota equivale al salario mínimo mensual vigente en Cuba.

Si se toma como referencia un salario mínimo de 2.100 CUP, una persona natural podría recibir multas de entre 21.000 y 420.000 CUP. En el caso de personas jurídicas, el impacto sería mucho mayor, pues el rango va de 10.000 a 200.000 cuotas.

Las conductas incluidas en este esquema están relacionadas con controles financieros sensibles. El artículo 9.7 aborda el incumplimiento de normas sobre conocimiento del cliente y debida diligencia. Estas obligaciones se usan para identificar operaciones sospechosas.

El artículo 10 incluye infracciones asociadas con lavado de activos, financiamiento al terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva y desobediencia de instrucciones emitidas por el Banco Central de Cuba.

Más poder administrativo sobre empresas y ciudadanos

El artículo 11.1 sanciona violaciones al secreto bancario. Para graduar la multa, las autoridades tomarán en cuenta la persistencia de la conducta, los daños causados y la relación entre la sanción y el impacto de la infracción.

Ese margen permite aplicar castigos diferenciados, pero también amplía la discrecionalidad del aparato administrativo en un país donde el sistema económico sigue bajo fuerte control estatal.

El alcance del decreto incluye instituciones financieras, oficinas de representación, entidades no financieras de apoyo al sistema bancario, servicios de cobranza, pagos y operaciones relacionadas con la actividad cambiaria.

También puede aplicarse a personas naturales y jurídicas que cometan infracciones previstas en la legislación vigente.

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