Estados Unidos comenzará a exigir una declaración sanitaria a todos los pasajeros que aborden vuelos internacionales con destino al país, incluidos los procedentes de Cuba, a partir de las 11:59 p. m. del 3 de noviembre de 2026, hora estándar del Este. La medida, anunciada por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), busca reducir el riesgo de propagación del ébola mediante controles sobre los viajes recientes a la República Democrática del Congo.
La disposición fue emitida el 22 de octubre y obliga a los viajeros a confirmar, mediante una declaración firmada, que no estuvieron en territorio congoleño durante los 21 días anteriores al embarque. El requisito se aplica independientemente del país donde comienza el vuelo. Por tanto, también alcanza a quienes salen de La Habana, otros aeropuertos cubanos o cualquier destino extranjero rumbo a Estados Unidos.
¿Quiénes deberán presentar la nueva declaración sanitaria para entrar a EEUU?
La obligación incluye a ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes con Green Card, visitantes extranjeros y otros pasajeros autorizados a viajar. También comprende a quienes utilicen un aeropuerto estadounidense como punto de conexión hacia otro país. La nacionalidad y el estatus migratorio no eliminan la necesidad de completar el formulario, salvo cuando exista una exención concedida por las autoridades competentes.
Las aerolíneas tendrán que comprobar el cumplimiento antes de permitir el embarque. El documento podrá presentarse en papel o mediante un procedimiento electrónico habilitado por la compañía. Los viajeros que no entreguen la declaración requerida no podrán subir al avión, incluso cuando dispongan de pasaporte, visa o residencia permanente válidos.
Qué deben declarar los cubanos antes de abordar un vuelo
El formulario solicita confirmar que la persona no estuvo en la República Democrática del Congo durante las tres semanas anteriores a su vuelo. Para estos efectos, también se considera presencia en ese país una conexión aeroportuaria, aunque el pasajero no haya salido de la terminal o del avión. Quienes hayan transitado por territorio congoleño durante ese período están sujetos a la restricción.
Los CDC aclaran que los menores de 18 años también necesitan la declaración, aunque puede firmarla un padre, tutor u otra persona autorizada. Lo mismo ocurre con pasajeros que, por una discapacidad u otra limitación, no puedan completar el documento personalmente. Cada viajero necesita su propio formulario y las aerolíneas deben conservar las declaraciones durante al menos 42 días.
¿Por qué EEUU establece este requisito sanitario en noviembre?
La decisión responde al brote de ébola registrado en África, especialmente en la República Democrática del Congo. Las autoridades estadounidenses consideran que el período de 21 días permite cubrir el tiempo máximo de incubación de la enfermedad. Reuters informó que Washington ya mantenía restricciones relacionadas con viajeros procedentes de países afectados y decidió ampliar los controles preventivos en las rutas internacionales.
Una persona que haya permanecido en territorio congoleño deberá esperar hasta completar 21 días naturales fuera de ese país antes de abordar un vuelo hacia Estados Unidos. Según los CDC, el conteo comienza después de la salida y el embarque puede realizarse a partir del día 22, siempre que se cumplan los demás requisitos de viaje. Existen excepciones limitadas que requieren autorización oficial.
El incumplimiento también puede tener consecuencias legales. Los CDC advierten que proporcionar información deliberadamente falsa o engañosa en la declaración puede derivar en sanciones penales conforme a la legislación federal estadounidense. Por ese motivo, los pasajeros deben revisar cuidadosamente sus antecedentes de viaje antes de firmar el documento solicitado por la aerolínea.
Para los cubanos que tengan programados viajes a Miami, Tampa u otros destinos estadounidenses desde noviembre, la principal recomendación es consultar con su compañía aérea cómo se recogerá la declaración. El nuevo requisito no sustituye la visa, el pasaporte ni los controles migratorios habituales. Se trata de una medida sanitaria adicional que las aerolíneas deberán verificar antes de autorizar el embarque.
Además de los controles sanitarios, determinados ciudadanos cubanos que solicitan visas de turismo o negocios deben cumplir requisitos migratorios adicionales, entre ellos una fianza que puede alcanzar los 15.000 dólares.