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Ministerio de Justicia de Cuba prorroga la vigencia de estos documentos por el coronavirus

El Ministerio de Justicia de Cuba (MINJUS) emitió el pasado miércoles una resolución sobre la prórroga de vigencia de documentos emitidos por la entidad gubernamental, a raíz de la crisis sanitaria desatada por el coronavirus.

En un comunicado oficial, compartido en las redes sociales, se dieron a conocer detalles sobre a la suspensión de los términos para la inscripción de actos, documentos y derechos en los registros públicos del sistema del MINJUS.

Asimimismo, se explicó que aquellos ciudadanos que no pudieron inscribirse en el Registro de la Propiedad la vivienda, no tienen “por qué preocuparse”. Este trámite se llevará a cabo, una vez que se restablezcan los servicios. También se prorrogó la vigencia de las certificaciones de Actos de Última Voluntad, Declaratoria de Herederos y de Soltería, y Antecedentes Penales.

De acuerdo con la entidad, las medidas son consecuencia de la grave situación epidemiológica provocada por el coronavirus.

A continuación compartimos de forma íntegra el comunicado del MINJUS

Con el fin de no provocar afectaciones y trámites adicionales e innecesarios a las personas, Oscar Silvera Martínez, titular de Justicia de la República de Cuba, emitió la Resolución 315/2020 que dispuso la suspensión de los términos para la inscripción de actos, documentos y derechos en los registros públicos del Sistema del Ministerio de Justicia. Las personas interesadas que, producto del cierre de los servicios jurídicos a partir del 11 de marzo de 2020, no pudieron inscribir en el Registro de la Propiedad la vivienda de su propiedad, no tienen por qué preocuparse, una vez que se restablezcan los servicios puede hacerlo con tranquilidad.

Publicada en la 31.ª edición Extraordinaria de 9 de junio del presente año de la Gaceta Oficial, la normativa prorroga la vigencia de las certificaciones de Actos de Última Voluntad, Declaratoria de Herederos y de Soltería, certificaciones de especial sensibilidad para la ciudadanía, expedidas en el 2020 hasta un año, a partir de su expedición.

También dispone la interrupción del término de 180 días de vigencia de las certificaciones de Antecedentes Penales.

La Resolución ministerial dispuso que las certificaciones de Antecedentes penales mantienen la vigencia de 180 días, aunque interrumpió el término de su caducidad a partir del 11 de marzo de 2020 hasta la reiniciación de la prestación de este servicio.

La medida adoptada como consecuencia de la grave situación epidemiológica provocada por la COVID-19 cuenta con el criterio favorable de los titulares de los organismos e instituciones involucrados en el tema como el Presidente del Tribunal Supremo Popular, la Fiscal General de la República, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de la Agricultura y el Presidente de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos.

Una vez más, el Ministerio de Justicia pone en su centro de atención a los ciudadanos y evita causarle molestias y trámites innecesarios.

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