Un nuevo Proyecto de Ley de la Vivienda en Cuba fue publicado por la Asamblea Nacional y abrió una fuerte polémica al establecer que los propietarios de inmuebles que no puedan repararla y se aprecie un estado de abandono podrían perder sus derechos sobre la vivienda, que pasaría a manos del municipio.
La propuesta, aún en fase de proyecto, otorga facultades a la Dirección Municipal de la Vivienda para solicitar al tribunal la pérdida del derecho por abandono y dejar el inmueble disponible para el Consejo de la Administración Municipal, con vistas a una posterior asignación.
El punto central aparece en el Artículo 141, que dispone que el propietario o titular de una vivienda declarada en ruina “como consecuencia del abandono” queda obligado a recuperar su valor de uso.
Si no lo hace, la autoridad municipal puede promover un proceso judicial para retirarle el derecho sobre la propiedad. La medida resulta especialmente sensible en un país donde el deterioro del fondo habitacional, la escasez de materiales, los bajos salarios y la inflación impiden a muchas familias reparar sus casas.
La disposición plantea un problema de fondo: la diferencia entre abandono real e imposibilidad económica. En Cuba, miles de viviendas presentan daños estructurales, filtraciones, apuntalamientos, derrumbes parciales o riesgo de colapso.
Muchos propietarios no han podido intervenirlas no por desinterés, sino por falta de recursos, trabas burocráticas, ausencia de materiales y precios inaccesibles. Bajo ese escenario, una norma de este tipo podría terminar castigando a quienes ya viven en condiciones precarias.
Pago a las asociaciones cuando es un edificio multifamiliar
El proyecto también introduce obligaciones económicas para los titulares de viviendas. El Artículo 139 establece que el propietario debe asumir las acciones de conservación del inmueble.
Si la vivienda se encuentra en un edificio, además, tendrá que contribuir económicamente al mantenimiento y conservación de la edificación en general y de sus áreas comunes.
En la práctica, esto supone una obligación similar a cuotas de comunidad o pagos de asociación, una figura que puede generar rechazo en una población golpeada por la crisis.
La regulación de la propiedad horizontal refuerza esa carga. Los titulares de apartamentos deberán contribuir con gastos de limpieza, ornato, mantenimiento, conservación y rehabilitación de elementos comunes.
La idea de sostener económicamente los espacios colectivos puede resultar normal en otros países, pero en Cuba se aplicaría sobre una ciudadanía con salarios depreciados y sin un mercado estable de materiales ni servicios.
El Estado, que durante décadas centralizó la gestión del urbanismo y la vivienda, trasladaría así parte del costo del deterioro a los propietarios.
Otro aspecto polémico es el tratamiento a los ocupantes ilegales. El proyecto permite que las personas declaradas en esa condición sean extraídas del inmueble por la Dirección Municipal de la Vivienda con auxilio de la Policía Nacional Revolucionaria.
Además, no establece obligación de reubicarlas. El texto también prevé descuentos mensuales de hasta el 50 % de ingresos o prestaciones mientras no abandonen el inmueble, una medida que puede agravar la situación de familias vulnerables.
La propuesta también regula las viviendas declaradas en ruina. Cuando una edificación reciba esa calificación, el director municipal de Vivienda puede disponer el plazo en que los ocupantes deberán abandonarla.
La reubicación se contempla solo “si procede”, una fórmula ambigua que deja margen a decisiones discrecionales. En un contexto de déficit habitacional, esa frase puede convertirse en una de las claves más inquietantes del proyecto.
El documento abre además la puerta a la venta de viviendas a extranjeros que realicen “inversiones significativas” en la economía cubana, necesiten residir temporalmente por tratamientos médicos u otras causas, y cumplan requisitos contractuales.
Este punto puede levantar críticas porque crea una vía de acceso para capital extranjero mientras millones de cubanos enfrentan hacinamiento, edificios deteriorados o imposibilidad de adquirir una casa digna.
El proyecto promueve un mayor papel de inmobiliarias, actores no estatales, cooperativas, mipymes y entidades económicas en la construcción, compraventa, arrendamiento y administración de inmuebles.
Aunque se presenta como una vía para reducir el déficit habitacional, también puede consolidar un mercado segmentado, donde el acceso dependa cada vez más del capital disponible, de la relación con entidades estatales o de sectores considerados prioritarios por el poder.
La iniciativa incluye otras restricciones relevantes. Quienes reciban subsidios para construir o adquirir vivienda quedarían limitados durante 15 años para vender, donar o permutar, salvo autorización o devolución del monto subsidiado.
También se prevén viviendas vinculadas a centros laborales, entidades estatales, organizaciones políticas y necesidades de la Defensa y Seguridad Nacional. A ello se suman zonas con regulaciones especiales, posibles expropiaciones, facultades excepcionales del organismo rector, conflictos entre propietarios y convivientes, límites de hasta dos viviendas en propiedad y transmisiones al Estado cuando no existan herederos.