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¿Qué cubanos serán considerados inadmisibles en EEUU por motivos de carga pública?

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) puso en práctica el pasado lunes, 24 de febrero, la regla final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública en todo el país.

A la par, la implementación de esta nueva medida ha creado confusión entre miles de cubanos quienes consideran en peligro su estadía en la nación norteamericana. Para aclarar todas las dudas al respecto, el Nuevo Herald entrevistó al Ángel Leal, abogado de inmigración con bufete en Miami.

En particular —indica el medio— la regla de Inmigración sobre la carga pública como causal de inadmisibilidad sí impacta a grupos de personas oriundas de la Isla. Sin embargo, aquellas amparadas por la Ley de Ajuste Cubano (CAA), están exentas de esta normativa.

Con esta medida USCIS expone cuatro cambios importantes y sustanciales:

  • Se amplía la definición de “carga pública”. Antes era primordialmente una persona dependiente de la asistencia pública. A partir de ahora, es una persona que tenga probabilidad de acceder a ciertos programas de ayuda gubernamental por un periodo de 12 meses durante el transcurso de tres años.
  • Se aumentó de cuatro a nueve, el número de programas asistenciales indicadores de “carga pública”.
  • Ya no es solo suficiente la declaración jurada de “Patrocinio económico” para demostrar que alguien no es una carga pública. Ahora, se toma en cuenta factores relacionados con el extranjero (edad y empleo, por ejemplo).
  • La presencia de una cláusula, poco utilizada, sobre la posibilidad de pedir una Fianza por Concepto de Carga Pública al extranjero por un monto mínimo de 8 mil dólares.

¿Qué cubanos se ven afectados y quiénes no?

Según explicó Leal, los cubanos que obtengan la residencia a través de la Ley de Ajuste Cubano, al año y un día de entrar a Estados Unidos, no se verán afectados.

Este, sin embargo, no es el caso de aquellos que estén esperando una reclamación familiar. Sobre todo, porque dicho trámite implica la presentación una Declaración Jurada de Patrocinio Económico —conocida como el affidavit—, un contrato legal en el que el peticionario del inmigrante se compromete a respaldar financieramente a su familiar.

También se verán afectados los cubanos que ingresaron en Estados Unidos con visa de visitante temporal (B-1 para negocios y B-2 para turismo) y algunos con Sistema Electrónico para la Autorización de Viajes —por ejemplo, pasaporte español—, que piden la “green card” por CAA.

Si bien, al acogerse a la Ley de Ajuste técnicamente no tienen que presentar un affidavit porque no hay patrocinador, las autoridades igual pudieran investigar si en el momento de obtener la visa se les debió negar por “carga pública”.

De ahí, la importancia de que la conducta al inicio sea consistente con el propósito turístico y evitar cualquier asistencia gubernamental. De lo contrario, sería considerado fraude migratorio.

Otro punto importantes es que, aunque la norma no afecta a los solicitantes de la ciudadanía americana, los funcionarios de USCIS tienen la potestad de revisar “si cuando alguien se hizo residente ya era inadmisible bajo el concepto de carga pública”.

Indiscutiblemente —subraya el abogado— muchos cubanos que ya son residentes sí deben preocuparse, al solicitar la ciudadanía. Sobre todo, si recibieron asistencia pública y estaban sujetos al causal de inadmisibilidad de carga pública.

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