Cuba comienza a aplicar este domingo 1 de noviembre de 2026 tres leyes que modifican las condiciones para viajar al país, conservar la residencia, solicitar la renuncia a la ciudadanía y regular la permanencia de extranjeros.
Las disposiciones afectan especialmente a los cubanos establecidos en Estados Unidos, España y otras naciones, quienes deberán tener en cuenta nuevos procedimientos administrativos. La reforma elimina el antiguo criterio migratorio de los 24 meses fuera de la Isla, pero mantiene amplias facultades estatales para limitar los desplazamientos.
Las modificaciones aparecen en las leyes 171 de Migración, 172 de Ciudadanía y 173 de Extranjería, aprobadas por la Asamblea Nacional en julio de 2024 y publicadas en la Gaceta Oficial número 39 del 5 de mayo de 2026. Aunque las autoridades presentan las normas como una modernización del sistema migratorio, varios artículos mantienen bajo control del Ministerio del Interior decisiones relacionadas con la residencia, la entrada y la salida del territorio nacional.
Nueva Ley de Migración: desaparece el límite de 24 meses fuera de Cuba
Como explicó anteriormente Asere, también existe una vía para quienes acumulen al menos 120 días y acrediten vínculos con Cuba. La Dirección de Identificación, Migración, Extranjería y Ciudadanía (DIMEC) podrá reconocer de oficio esa condición cuando una persona acumule más de 180 días naturales dentro del país durante el año anterior. Los períodos de estancia pueden sumarse y no necesitan ser consecutivos.
También existe una vía para quienes acumulen al menos 120 días y acrediten vínculos con Cuba. Entre los elementos que pueden respaldar una solicitud figuran relaciones familiares, actividad laboral, inversiones, propiedades, cuentas bancarias y obligaciones tributarias. Sin embargo, poseer una vivienda no garantiza automáticamente el reconocimiento de residencia. Cada expediente deberá cumplir los requisitos establecidos y ser evaluado por las autoridades migratorias.
La reforma contempla situaciones especiales para ciudadanos que permanecen fuera por motivos laborales, médicos o académicos. Estos podrán solicitar el mantenimiento de su condición migratoria cuando acrediten las circunstancias correspondientes. Para quienes emigraron hace años, el nuevo sistema exige distinguir entre conservar la ciudadanía cubana y obtener el reconocimiento administrativo de residencia en el territorio nacional.
Ciudadanía cubana: nuevas reglas para renunciar o mantener otra nacionalidad
La Ley 172 introduce un procedimiento para solicitar la renuncia a la ciudadanía cubana desde el extranjero. Como informó anteriormente Asere, los solicitantes deberán cumplir condiciones relacionadas con su mayoría de edad, nacionalidad extranjera, antecedentes y obligaciones pendientes. La petición no produce efectos inmediatos: su aprobación dependerá de una decisión oficial y del posterior registro del cambio.
La normativa también mantiene el principio de ciudadanía efectiva. Esto significa que quienes poseen una nacionalidad adicional continúan siendo considerados cubanos ante las autoridades de la Isla mientras conserven esa condición. Asimismo, contempla la privación de ciudadanía por determinadas actuaciones realizadas desde el extranjero contra los llamados altos intereses políticos, económicos y sociales del país, bajo los supuestos y procedimientos previstos en la ley.
Extranjería y restricciones para entrar o salir de Cuba
La tercera disposición reorganiza las reglas de entrada, residencia, permanencia y expulsión de ciudadanos extranjeros. En paralelo, la Ley de Migración mantiene once supuestos para impedir la salida de cubanos, incluidos procesos judiciales, determinadas obligaciones estatales, asuntos de defensa y seguridad nacional y otras razones de interés público. También permite restringir excepcionalmente el ingreso de nacionales por causas previstas en la legislación.
Para los emigrados que planean visitar a sus familiares, tener un pasaporte vigente o una residencia extranjera no elimina la posibilidad de enfrentar una restricción migratoria. La normativa contempla mecanismos para solicitar información personal sobre prohibiciones de salida, pero no establece un portal público que permita comprobar de manera definitiva posibles impedimentos de entrada antes de comprar un boleto.
Asere Noticias también examinó anteriormente las dificultades para consultar posibles prohibiciones de entrada, especialmente para quienes compran pasajes desde el extranjero.
Con el nuevo marco legal, los cubanos residentes fuera del país deberán prestar atención a los plazos de estancia, la documentación que demuestra vínculos con la Isla y las condiciones para solicitar determinados trámites. Aunque desaparece una antigua limitación temporal, las decisiones administrativas siguen concentradas en instituciones estatales, lo que mantiene interrogantes sobre la aplicación práctica de las reformas y sus consecuencias para la diáspora.