Las compañías privadas y extranjeras que obtengan autorización para producir petróleo o gas en Cuba deberán respetar el derecho preferente del Estado para adquirir los hidrocarburos que considere necesarios para el abastecimiento nacional.
La condición forma parte del Decreto 184 de 2026, publicado el 12 de octubre en la Gaceta Oficial y cuya entrada en vigor está prevista para el lunes 19. La medida establece límites a la comercialización de estos recursos en medio de la crisis energética que enfrenta la Isla.
El artículo 185.2 del reglamento reconoce la posibilidad de que los operadores autorizados extraigan y vendan hidrocarburos, pero exige respetar la prioridad de compra estatal. El documento precisa que esas operaciones deberán desarrollarse bajo condiciones competitivas. Sin embargo, no determina una cantidad máxima que las autoridades puedan adquirir mediante ese mecanismo ni establece una tarifa fija para las transacciones.
El Estado cubano podrá comprar primero el petróleo extraído
La disposición introduce una diferencia entre obtener una concesión y disponer libremente de toda la producción. Una empresa que encuentre y explote un yacimiento podrá comercializar el combustible conforme a sus permisos, aunque tendrá que considerar las necesidades de suministro interno que invoquen las autoridades cubanas.
El reglamento también exige incorporar esa preferencia en las condiciones de las concesiones. De acuerdo con el texto, el Estado podrá adquirir directamente en el lugar de producción determinados volúmenes de hidrocarburos. Las operaciones deberán ajustarse a condiciones competitivas de mercado, un requisito que busca regular la relación económica entre las partes.
La legislación no explica en el artículo mencionado cómo se determinará cada volumen solicitado ni qué ocurrirá ante posibles desacuerdos comerciales. Esos aspectos adquieren importancia para los inversionistas, que deberán evaluar sus contratos y las obligaciones asociadas antes de comprometer recursos en nuevos proyectos petroleros.
El control estatal sobre el combustible privado tiene antecedentes. Como reveló anteriormente Asere Noticias, contratos entre mipymes, CUPET y CIMEX establecen que entidades gubernamentales intervienen en la recepción, almacenamiento y distribución de carburantes importados por empresas particulares.
Empresas privadas y extranjeras necesitarán autorización
La reforma está vinculada con el Decreto-Ley 135, que amplía la participación en la industria energética a personas y entidades nacionales o extranjeras. Entre los posibles participantes figuran mipymes, cooperativas no agropecuarias y otras empresas privadas que cumplan las condiciones legales. También podrán intervenir compañías internacionales interesadas en desarrollar proyectos de exploración y extracción.
La agencia EFE informó que el nuevo marco contempla contratos de producción compartida, concesiones petroleras y contratos de servicios. Los primeros podrán extenderse hasta 40 años, con una posible prórroga de diez. Las concesiones tendrán una duración máxima inicial de 30 años y también podrán ampliarse durante otra década.
No obstante, la apertura no modifica la titularidad de los recursos existentes bajo tierra. Los yacimientos seguirán siendo propiedad estatal y las empresas necesitarán autorizaciones para operar. Además, deberán cumplir obligaciones tributarias, ambientales y técnicas. El reglamento prevé pagos al Estado mediante regalías, participaciones y otros conceptos establecidos legalmente.
Nueva regulación petrolera llega en medio de la escasez de combustible
Las modificaciones aparecen cuando Cuba enfrenta graves dificultades para abastecerse de petróleo y mantener funcionando sus centrales eléctricas. Los problemas de suministro han repercutido en el transporte, los servicios y numerosas actividades productivas. Las autoridades buscan atraer capital y tecnología para aumentar la extracción nacional y reducir la dependencia de las importaciones.
La prioridad de compra permite al gobierno reservarse una intervención directa sobre parte del petróleo que eventualmente produzcan nuevos operadores. Sin embargo, la publicación del reglamento no garantiza inversiones inmediatas ni un aumento de combustible disponible. Su aplicación dependerá de las empresas que obtengan permisos, los proyectos que logren desarrollarse y las condiciones económicas pactadas con el Estado.