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Gobierno cubano dice que habilitará oficinas notariales en la totalidad de los hospitales maternos

El Ministerio de Justicia (MINJUS) de Cuba ordenó mediante una resolución publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba este 15 de agosto que la totalidad de los hospitales maternos que sean cabeceras provinciales cuenten con un servicio de notaria para inscribir a los recién nacidos.

Según Olga Lidia Pérez Díaz, directora de Notarías del MINJUS, la medida busca “contribuir a disminuir los procesos de subsanación de errores u omisiones de los asientos registrales al hacerse horas después del nacimiento y sin que todavía el menor haya abandonado la institución hospitalaria”.

“En La Habana se encuentran habilitadas oficinas en todos los hospitales maternos, excepto en el Militar Central, General, de los Servicios Médicos de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ya que cuenta con una sala de parto pequeña”, refirió.

Sobre el tiempo que demorará en implementarse en la totalidad de los hospitales maternos del país, la funcionaria dijo: “Se pretende implementar la experiencia por etapas, para lograr que todos los hospitales maternos del país cuenten con este servicio y así contribuir a la simplificación de procesos en el sistema. Es importante que los progenitores conozcan que cuando no existe matrimonio oficializado, ambos padres deben estar presentes para poder inscribir a los niños, y así se agiliza también el trámite”.

En Cuba ha proliferado en los últimos tiempos las uniones consensuadas, pues las nuevas generaciones rehúyen del matrimonio, a la vez que la edad de parto en las mujeres se adelanta, si bien es cierto que el nivel de natalidad se ha contraído por la severa crisis económica que hace pensar dos veces antes de traer un niño al mundo en la Cuba de hoy.

Otro apartado que toca la resolución del MINJUS es lo referente a la certificación del matrimonio. Este documento se entregará en el mismo acto de oficialización, siempre y cuando el mismo se realice en el Palacio de los matrimonios o el Registro Civil.

“En caso de realizarse en una notaría, sí se entrega en los seis o siete días destinados para el trámite, ya que conlleva remitir la copia autorizada de la escritura y el expediente matrimonial a la oficina registral, para su inscripción”, señaló Pérez Díaz.

La abogada refiere además la responsabilidad de las personas que solicita los documentos, “deben revisar las certificaciones, aportar el sello de timbre por concepto de impuesto, conservar el documento para el futuro y así evitar el olvido de datos como tomo, folio y fecha”.

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