Información oficial de la Embajada de Panamá en Cuba sobre las visas de tránsito

Luego de que cientos de cubanos acudieran a protestar en frente de la Embajada de Panamá en La Habana debido a la nueva exigencia de visa de tránsito para los ciudadanos de la Isla, la sede diplomática compartió información oficial sobre el nuevo requisito.

Mediante una publicación en Facebook, la sede panameña en Cuba informó que la nueva medida entraría en vigor a partir del domingo 13 de marzo.

Esto revela que aquellos que pidieron más tiempo, debido a que ya contaban con los boletos de avión, fueron ignorados por las autoridades panameñas.

Esta petición resulta imposible para muchos ciudadanos que ya habían agendado sus viajes debido a que la solicitud debe de realizarse al menos 15 días hábiles antes del vuelo, eliminando la posibilidad para cualquiera que cuente con viajes programados para después del 13 de marzo y antes del 23.

La Embajada de Panamá compartió información oficial a través de sus redes sociales. (Imagen: Embajada de Panamá en Cuba-Facebook)

Al respecto, la embajada panameña indicó que los ciudadanos deben de reprogramar sus vuelos para que estos se realicen después de sacar la visa de tránsito, algo que resultará imposible para más de uno.

“Si usted requiere visa de tránsito y tiene pasaje a partir del domingo 13 de marzo de 2022 hasta el final de marzo, debe reprogramar su viaje para poder solicitar la Visa de Tránsito dentro del tiempo establecido de quince (15) días hábiles”, se lee en la publicación.

Todo parece indicar que la sede sabía que la nueva información provocaría descontento entre los ciudadanos, pues limitaron los comentarios que se pueden hacer en la publicación.

La sede diplomática limitó los comentarios en su publicación. (Captura de pantalla: Embajada de Panamá en Cuba-Facebook)

Requisitos para solicitar una visa de tránsito

La información compartida señala que aquellos interesados en sacar esta visa de tránsito deberán de presentar los siguientes requisitos:

La institución aclara que en caso de querer una visa de tránsito para un menor de edad, esta deberá ser solicitada por uno de los padres, quien deberá demostrar el consentimiento del otro progenitor, o de quien tenga la tutela acreditada del menor.

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