Cuba impuso nuevas condiciones a los trabajadores por cuenta propia que viajen al extranjero, según el Decreto-Ley 133/2026 publicado el miércoles en la Gaceta Oficial. La norma establece un máximo de tres meses de ausencia durante el año natural y permite cancelar la autorización cuando el trabajador no comunique su reincorporación sin una causa justificada.
La disposición modifica regulaciones relacionadas con las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), las cooperativas no agropecuarias y el trabajo por cuenta propia. El Gobierno cubano presentó los cambios como parte de sus medidas para eliminar restricciones y favorecer el desarrollo y la diversidad del sistema empresarial.
Tres meses como límite para salir de Cuba
El Artículo 33.1 establece que un trabajador por cuenta propia puede ausentarse del país por motivos vinculados con su actividad, asuntos personales, enfermedad propia o de familiares bajo su responsabilidad y vacaciones. Para las salidas al exterior, el plazo autorizado es de hasta tres meses dentro del año natural.
La normativa también obliga al cuentapropista que viaje a designar a un trabajador sustituto. Esa persona deberá asumir sus funciones mientras permanezca fuera de Cuba, con el objetivo de garantizar la continuidad de la actividad autorizada por las autoridades.
El trabajador deberá informar esta designación a la Oficina correspondiente, encargada de tramitar licencias y autorizaciones en nombre del Estado. La medida incorpora así nuevas obligaciones para quienes administran negocios privados y necesitan viajar fuera de la Isla.
No informar el regreso puede costar la licencia
El regreso también queda sujeto a una obligación de notificación. El trabajador por cuenta propia debe comunicar a la Oficina su reincorporación una vez transcurrido el período autorizado. Si no lo hace sin una causa justificada, un funcionario designado puede proceder a cancelar su autorización.
La disposición introduce una consecuencia directa para quienes incumplan las condiciones establecidas. La pérdida del permiso puede afectar la continuidad del negocio y de la actividad privada desarrollada bajo la licencia estatal.
El nuevo marco legal llega mientras Cuba enfrenta una crisis económica. Al mismo tiempo, el Gobierno anunció otros cambios para el sector privado, entre ellos permitir que cubanos residentes en el extranjero sean propietarios de empresas privadas dentro de la Isla.
Más cambios para los negocios privados
El Decreto-Ley 133/2026 también elimina restricciones sobre el tamaño de los negocios privados y permite que una misma persona tenga participaciones en varias empresas de manera simultánea. Las autoridades señalaron que buscan reducir requisitos y trámites para crear empresas y negocios privados.
Las modificaciones incluyen además cambios relacionados con la gestión y el uso de la tierra, con el propósito de incrementar la producción de alimentos. La normativa también reconoce legalmente la actividad de vendedores ambulantes.
Los nuevos límites para los viajes y las obligaciones de los cuentapropistas forman parte del mismo paquete de modificaciones. Mientras La Habana amplía algunas posibilidades para la propiedad privada, también establece condiciones específicas para quienes administran estos negocios y necesitan permanecer temporalmente fuera del país.