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Régimen flexibiliza el dólar para empresas privadas y mipymes

Cuba permite nuevas operaciones en divisas para mipymes y flexibiliza reglas bancarias para actores privados

El régimen cubano amplió las operaciones en moneda extranjera para mipymes, cooperativas, trabajadores por cuenta propia y otras formas de gestión no estatal mediante nuevas normas publicadas este 10 de septiembre en la Gaceta Oficial. Las resoluciones 102 y 103 de 2026 eliminan algunas restricciones bancarias y permiten a estos actores realizar más operaciones con divisas dentro y fuera del país.

Entre los principales cambios figura la eliminación de la autorización previa del Banco Central de Cuba para abrir cuentas en moneda extranjera. A partir de ahora, los negocios privados podrán depositar efectivo proveniente de ingresos lícitos y retirarlo, aunque esta última operación estará condicionada por la disponibilidad de cada banco y sus políticas internas.

La medida representa una nueva ampliación del uso de divisas en la economía cubana, donde el peso nacional ha perdido capacidad para sostener numerosas operaciones comerciales y financieras.

Nuevas facilidades para pagos e importaciones privadas

Las disposiciones también permiten que los actores económicos no estatales realicen pagos al exterior relacionados con sus actividades autorizadas. Esto incluye importaciones de bienes y servicios, financiamientos y otros gastos vinculados con sus operaciones.

La regulación anterior establecía mayores limitaciones y restringía esos pagos a importaciones realizadas mediante empresas importadoras autorizadas. Con el nuevo marco, las mipymes y otros negocios privados tendrán mayor margen para gestionar operaciones internacionales.

Además, las entidades privadas podrán abrir cuentas bancarias en el extranjero sin solicitar una autorización previa. Sin embargo, deberán informar al Banco Central y a la Oficina Nacional de Administración Tributaria sobre la existencia de esas cuentas.

La normativa también amplía las operaciones mayoristas entre empresas, permitiendo acuerdos en pesos cubanos o divisas según lo establecido entre las partes.

El comercio minorista seguirá limitado al peso cubano

Aunque las nuevas reglas incrementan el uso de monedas extranjeras en determinadas operaciones, el comercio minorista mantendrá al peso cubano como moneda principal para fijar precios.

Las ventas al consumidor solo podrán establecerse directamente en moneda extranjera cuando el Ministerio de Economía lo autorice por “interés del país”. No obstante, los negocios podrán aceptar pagos en efectivo con divisas si el cliente decide utilizar esa vía y posteriormente depositar esos fondos en sus cuentas fiscales.

La reforma tampoco elimina el mecanismo mediante el cual algunos actores privados conservan el 80 % de determinados ingresos en divisas, mientras el 20 % restante se entrega a un fondo central y luego se les devuelve su equivalente en pesos cubanos.

Más dolarización en medio de la crisis del peso cubano

Las nuevas disposiciones profundizan la dolarización parcial de la economía cubana y reconocen la creciente importancia de las divisas para mantener actividades comerciales.

Aunque el Gobierno mantiene al peso cubano como moneda oficial para gran parte de las operaciones internas, las modificaciones permiten que negocios privados tengan más herramientas para manejar ingresos, pagos y relaciones comerciales en moneda extranjera.

Las medidas llegan en un contexto donde las mipymes y otros actores económicos han reclamado durante años mayores facilidades para importar, operar con bancos y acceder a mercados internacionales. La ampliación de estas operaciones supone un cambio en las reglas para el sector privado, aunque mantiene controles estatales sobre el uso de las divisas dentro de la economía nacional.

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