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Restricciones de EEUU a viajeros cubanos: ¿aplica para cubano-españoles?

Aquellos que no cumplan con las nuevas disposiciones deberán recurrir a procedimientos consulares en terceros países

El pasado 4 de junio de 2025, el presidente de Estados Unidos, Donald J. Trump, firmó una orden ejecutiva que endurece las restricciones para los viajeros de Cuba, así como de otros 11 países, citando razones de seguridad nacional.

Sin embargo, las nuevas medidas no son absolutas, ya que se aplican varias excepciones. Para los cubanos que residen en la Isla con nacionalidad española y que planean viajar a Estados Unidos, las implicaciones son claras, aunque existen alternativas.

Según un comunicado de la Casa Blanca, los cubanos con doble nacionalidad que viajen con pasaporte de otro país podrán ingresar a EEUU siempre y cuando posean un visado vigente.

Esta excepción se extiende a aquellos que ya cuenten con una visa de turismo o negocio (B1-B2) o hayan obtenido una después de enero de 2021. No obstante, deberán presentar su solicitud en un tercer país, ya que la Embajada de EEUU en La Habana no realiza trámites de visado para no inmigrantes.

El visado B1-B2 otorgado a los cubanos-españoles sería válido por un período de 10 años, permitiéndoles entradas múltiples a EEUU durante ese tiempo. Sin embargo, aquellos que no cumplan con las nuevas disposiciones deberán recurrir a procedimientos consulares en terceros países, dada la suspensión de los trámites en la Embajada estadounidense en Cuba.

Exenciones a las restricciones de visado

Además de los cubanos con doble nacionalidad, otros grupos de viajeros quedan exentos de las nuevas restricciones.

Entre estos se incluyen los titulares de visados diplomáticos o internacionales, como los visados A-1, A-2, C-2, C-3, G-1 a G-4, OTAN-1 a OTAN-6, así como los deportistas que viajan a eventos internacionales o los individuos con visados de inmigrante por motivos de reunificación familiar.

La administración de Trump también ha anunciado que la entrada de personas podría ser permitida si su presencia beneficia a la sociedad estadounidense. En este sentido, el Secretario de Estado y la Fiscal General de EEUU tienen la facultad de otorgar excepciones caso por caso, especialmente si la entrada de un individuo es necesaria para un juicio penal o para los intereses nacionales de EEUU.

Es importante recordar que las restricciones a los viajeros cubanos se deben a la inclusión de Cuba en la lista de países patrocinadores del terrorismo, según el gobierno estadounidense.

A esto se suman los problemas relacionados con la cooperación entre ambos países en materia de seguridad, además de la negativa del gobierno cubano a aceptar el regreso de ciudadanos deportados desde EEUU.

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