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Este 1 de diciembre entró en vigor el nuevo Código Penal en Cuba

El nuevo Código Penal en Cuba entró en vigor este jueves 1 de diciembre, remplazando al anterior luego de haber estado vigente desde 1987.

De acuerdo con Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular (TSP), este surgió como respuesta a las entonces actuales “condiciones políticas y socioeconómicas del país”, sin embargo, algunos de sus puntos ponen en riesgo las libertades de los ciudadanos cubanos.

Uno de los acápites que más preocupación ha generado es uno que considerará cualquier hecho, palabra o acto cometido o dicho por una persona, que sea considerado como “políticamente incorrecto” por el régimen castrista, será razón suficiente para enviar a dicha persona a prisión.

Por ello, la comunidad opositora se encontrará en peligro, pues esta suele denunciar muchos de los atropellos cometidos por el Gobierno cubano, lo que los coloca en la mira de esta ley, otra respuesta generada por las autoridades para deshacerse de la disidencia utilizando las leyes que ellos mismos crean.

Los influencers, activistas sociales y periodistas independientes también se verán afectados, pues estos suelen denunciar la escasez y las negligencias que el Gobierno comete, acto que “mancha” el nombre de la revolución.

Adicionalmente, el artículo 119 del nuevo Código indica que aquellas personas que intenten “cambiar el sistema” por la fuerza pueden recibir la pena de muerte, haciendo de las protestas, una de las pocas herramientas que tiene el pueblo para manifestar su descontento, algo que representa mucho riesgo para quienes sean arrestados.

El artículo 120 establece hasta 10 años de privación de la libertad a personas que aspiren a modificar el sistema ejerciendo arbitrariamente “cualquier derecho o libertad reconocidos en la Constitución de la República”.

Por su parte, el artículo 143 respalda las condenas de hasta una década para las personas que sean “descubiertas” recibiendo fondos o financiando actividades que sean vistas como actos “contra el Estado y su orden constitucional”.

Mientras la ley señala que es necesario que un hecho produzca una lesión a los bienes jurídicos tutelados por la ley, o los ponga en peligro o riesgo de provocarla, para imponer una sanción, esto no suele ser cierto a la hora de imponer la ley en contra de aquellos clasificados como “contrarrevolucionarios” por el régimen, por lo que es poco probable que este nuevo Código se emplee de manera justa e imparcial.

Esta idea es reforzada si se consideran todas las condenas que el Gobierno ha impuesto en contra de aquellos que salieron a las calles el pasado 11 de julio para ejercer su derecho a manifestarse, pues estos han sido sujetos a juicios injustos en donde se han fabricado evidencias y testimonios en su contra, todo para poder condenarlos a prisión.

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